El tribunal entendió que los mensajes del dirigente del MST estaban dirigidos al Estado y no al pueblo judío. “Se trataba de una opinión fuerte, contundente y con connotación política”, señalaron los magistrados.

Alejandro Bodart había sido condenado a seis meses de prisión en una instancia previa, acusado de discriminación por tres tuits publicados en 2022. La fiscalía y la DAIA habían sostenido que sus expresiones equivalían a incitación al odio, pero la Cámara de Casación desestimó esa interpretación.

Entre los mensajes cuestionados, Bodart escribió: “El pueblo palestino resiste… El Estado de Israel es genocida”. En otro, afirmó: “Siempre condenamos la persecución antijudía y toda opresión étnica, religiosa, de género o nacionalidad. X eso defendemos al pueblo palestino. Basta de acusar de antisemitas a quienes somos antisionistas”.

La Sala I resolvió que esas declaraciones no configuraban delito. Según el fallo, las consignas como “#nakba74” y “del río al mar” debían ser interpretadas como expresiones políticas en el marco del conflicto, sin que implicaran un llamado a la violencia.

Los jueces remarcaron que “la libertad de expresión debe amparar las ideas que ofenden, chocan, inquietan o resultan ingratas”. De esa forma, concluyeron que Bodart actuó dentro del marco de ese derecho fundamental.

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